28/12/2022
*SI COMPRAS ENTONCES ERES CÓMPLICE DEL TRAFICO ILEGAL DE NUESTRA FAUNA SILVESTRE*
La directora de Fauna Silvestre de Serfor, Jessica Gálvez-Durand, explica que se denomina animal silvestre a aquel que tiene millones de años de evolución y en su desarrollo como especie nunca intervino la mano del ser humano.
También es un animal silvestre el que forma parte de un ecosistema (andino, costero o amazónico) y cumple la misión de preservarlo o “limpiarlo” de otros animales para evitar una sobrepoblación que lo amenace.
Los loros y guacamayos cumplen la tarea de dispersar las semillas que van encontrando para su alimentación, agrega.
“Las semillas se adhieren a sus plumas y pico, las esparcen en cada vuelo o cuando pasan por su tracto digestivo; de esta manera, mantienen la biodiversidad en la naturaleza y la regeneración de vegetales y plantas”, comenta Gálvez-Durand, a la agencia Andina.
El Decreto Supremo D.S 019-2015/ Minagri establece el reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre N°29763, para la gestión de la fauna silvestre.
Dicha norma precisa que cazar, capturar. colectar, poseer, adquirir, ofrecer para la venta animales silvestres o vender, transformar, almacenar, comercializar, importar o exportar productos de fauna silvestre son infracciones muy graves, plausibles de sanciones y/o multas.
Las p***s van desde el decomiso de los animales silvestres o productos generados por ellos hasta el pago de una multa de 22 millones de soles (5,000 UIT).
Gálvez- Durand recuerda que en el Perú se trafican diariamente 442 especies de animales silvestres y que ante esa situación, Serfor impulsa de manera permanente la campaña: Si compras, eres cómplice a fin de evitar que más personas se vean tentadas a comprar estos animales y alimenten la red de tráfico que sustenta este enorme negocio ilegal que está acabando con muchas especies.