14/05/2021
Hola gente bonita 😊 es tiempo de campañas políticas y como ciudadana Naranjense me gustaría hacer el siguiente comentario, con el debido respeto que se merecen todos los candidatos a la presidencia municipal y con la finalidad de que sea tomado en cuenta como una propuesta, con la promesa de que cuando el candidato o candidata electo por el pueblo llegue a la presidencia sea cumplido.
Me gustaría que se tomaran más medidas drasticas para sancionar a las personas que comenten actos de maltrato animal y que los derechos de los animalitos también cuenten, por que hay leyes vigentes para el estado de Veracruz que lamentablemente no se cumplen.
Me gustaría que cada uno en su recorrido de campaña por las colonias, localidades y calles de Naranjos observen no solo las necesidades de las personas, las carencias del pueblo, si no también que observen cuantos animales están en situación de calle, maltrato y abandono. Un perro no es un objeto para estar en una azotea, desnutrido en un patio, amarrado bajo el sol sin comida y sin agua, lamentablemente en Naranjos hay muchos casos así, donde no solo sufren un mal trato por sus dueños, si no que me a tocado ver que en el centro taqueros les avientan aceite caliente, me a tocado ver perritos macheteados, incluso taxistas o personas particulares en sus coches que intencionalmente atropellan perros. Estas son acciones que deben ser castigadas con lo que dice la ley vigente en nuestro estado y municipio.
Yo sé que para muchas personas este tema no es importante, pero tenemos que tener mas empatía por la vida de otras especies y sobre todo tener cultura y educación para respetar a los animales.
Espero que mi propuesta sea leída por alguno de los candidatos y sea tomada en cuenta, por que debemos de ser un Naranjos civilizado y poner fin al maltrato animal. Gracias por la atención prestada a mi escrito.
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📚LEYES Y REGLAMENTOS VIGENTES📚
🔸️BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE NARANJOS-AMATLAN, VERACRUZ.
En su artículo 97 que a la letra dice.- A quien cometa actos de crueldad con los animales, aún siendo de su propiedad, se le sancionará con multa de 10 a 30 salarios mínimos o arresto de 24 a 36 horas.
🔹️CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ IGNACIO DE LA LLAVE.
En su artículo 264 Ter. Que a la letra dice.- Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.
Artículo 264. Quáter. Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier
animal provocándole la muerte, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de doscientos a
cuatrocientos días de salario mínimo, así como el aseguramiento de todos los animales que en ese
momento tenga bajo su cuidado o resguardo, en términos de las previsiones de la Ley de Protección a los animales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 264. Quinquies. Las sanciones previstas en este Capítulo se incrementarán en una mitad, si
ocurre cualquiera de los supuestos siguientes:
I. Si se prolonga la agonía o el sufrimiento del animal;
II. Si se utilizan métodos de extrema crueldad;
III. Si además de realizar los actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografía o videograbaciones para hacerlos públicos por cualquier medio; o
IV. Si los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.
Se entenderá por métodos de extrema crueldad, todos aquellos que ocasionen daños, que provoquen
dolor o mutilación innecesarios y evitables, o que conduzcan a una muerte no inmediata.
Al sujeto activo de los delitos considerados en este Capítulo, se le aplicarán medidas reeducativas, integrales, especializadas y gratuitas, con la finalidad de prevenir, atender, sancionar y erradicar el maltrato animal, en el lugar y por el tiempo que la autoridad jurisdiccional indique
🔸Reglamento de la ley de protección a los animales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Publicado en la gaceta oficial del estado el 24 de Agosto del 2012.
️🔹️Ley número 14346.- Malos tratos y actos de crueldad a los animales. Publicada en el boletín oficial en 1954.
🔸Ley numero 876 de protección a los animales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Publicada en la gaceta oficial el día 5 de Noviembre del 2010
️🔹️Ley general de equilibrio ecológico y la protección al ambiente.
🔸️Ley federal de sanidad animal.
🔹️Ley general de vida Silvestre.
🔸️Declaración universal de los derechos del animal.
No tengo a todos agregados en mi cuenta de Facebook, espero que esta publicación les llegue a cada uno de ellos..
💠 Benjamin Arturo
💠 Jorge Arturo Guevara Borrego
💠 Alma Olga Loya Roberts
💠 Unidad Ciudadana Naranjos
💠 Pily Benitez