05/01/2026
Multas por posesión, compra o venta de fauna silvestre y exótica en México
La compra, venta, posesión y transporte de animales silvestres y exóticos sin autorización está prohibida y sancionada por la Ley General de Vida Silvestre. No hay excusa: “no sabía”, “me dijeron que tenían permisos” o “solo lo tengo en casa” no te protege. La autoridad puede decomisar, multar y abrir carpeta por delito ambiental.
¿Qué sanciones puedes enfrentar?
Multas elevadas: Las sanciones pueden alcanzar varios millones de pesos, dependiendo del caso, la especie y la reincidencia. Diversos operativos y comunicados oficiales han señalado multas de hasta 5 millones de pesos por tenencia de especies en riesgo sin autorización.
Prisión y antecedentes penales: La compra-venta ilegal y la posesión sin permisos pueden derivar en responsabilidades penales. PROFEPA ha advertido que estos delitos ambientales pueden llevar a prisión, además del decomiso de los ejemplares.
Decomiso inmediato: La autoridad puede asegurar los animales en operativos y revisiones. Aun si “solo” los tenías en casa, se decomisan y se inicia procedimiento administrativo y/o penal.
¿Quiénes sí están autorizados?
UMAs y PIMVS: Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (UMAs) y Predios e Instalaciones que Manejan Vida Silvestre (PIMVS) registrados ante SEMARNAT pueden manejar, criar o exhibir fauna bajo planes de manejo aprobados. La tenencia fuera de estos esquemas, sin autorización, es ilegal.
Criaderos autorizados: Solo quienes cuentan con permisos y registros
Autoridades competentes:
SEMARNAT regula y otorga autorizaciones;
PROFEPA inspecciona, asegura y sanciona,
si tienes en casa algún ejemplar no permitido entrégalo de manera voluntaria antes de que alguien te denuncie y evitas multas y sanciones.
(imagen con algunas especies como ejemplo)